Por Jesica Rodriguez. Licenciada en Comunicación Social, Universidad Nacional de La Plata.-
El
25 de noviembre de 1960, las hermanas
Patria, Minerva y María Teresa Mirabal, tres militantes contra la dictadura del
general Rafael Leónidas Trujillo fueron apaleadas y arrojadas a la sima en la
República Dominicana.
En
su memoria, cada 25 de noviembre se conmemora el Día Internacional de la
Eliminación de la Violencia contra la Mujer. O sea: contra la violencia de los
trujillos que ejercen la dictadura en cada casa.
En
el Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, celebrado en
Bogotá, en Julio de 1981, surge la propuesta de hacer del 25 de noviembre, un
día de reflexión y denuncia contra las diferentes formas de violencia que
sufren las mujeres.
EL
“25 de Noviembre” NO DEBE ser una fecha como cualquier otra. El 25 de noviembre
es una fecha que NOS DEBE SERVIR a todas
y a todos para seguir luchando y resistiendo contra todos esos trujillos que
quieren someternos y con los que debemos convivir día a día.
Debemos
hacerlos por ellas, por las hermanas Mirabal. Por ellas hoy se lucha, se vive y
se resiste; y resistimos y decimos NO. No más violencia contra las mujeres, no
más femicidios por el hecho de ser lo que somos: MUJERES.
Números que alarman
En
nuestro país cada 35 horas una mujer es asesinada por violencia sexista, sólo durante
2013 murieron 295 mujeres; mientras que 1500 niñas y niños quedaron huérfanos
entre 2008 y 2013.
En 2009 se sancionó en Argentina la Ley n*26485
de protección
integral para prevenir, sancionar y erradicar
la violencia contra la mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones
interpersonales, mientras que en 2012 se incorporó la figura del
femicidio en el artículo 80 del Código Procesal Penal como un tipo agravado de
homicidio, aunque no está tipificado como delito.
Estas
leyes sancionadas en nuestro país si bien hacen vanguardia a nivel regional, la
realidad nos muestra lo contrario, y nos invita a pensar que se ha avanzado muy
poco en materia de lucha contra la violencia hacia las mujeres.
Según
un informe de Amnistía Internacional “el
gobierno argentino está fallando a las mujeres que sufren violencia, cuyos derechos
están siendo violados tanto por los actos de violencia como por la inacción a
la hora de prevenirla, de abordar las desigualdades y de proporcionar a las
víctimas ayuda adecuada y acceso a la reparación. Esta inacción tiene lugar
pese a la obligación legal del Estado argentino de proteger a las mujeres
frente a la violencia y ayudar a las supervivientes, una obligación que se
deriva de los numerosos acuerdos internacionales, regionales y nacionales que
ha establecido”[1].
Nuestro
país, a pesar de haberse pronunciado a favor y de haber ratificado la
Convención de la ONU en 1985 sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer; y de hacerlo nuevamente en 1996 con la
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra la Mujer (conocida también como Convención de Belém do Pará), todos los indicios
disponibles, y también la propia investigación llevada a cabo por Amnistía
Internacional, señalan que la violencia contra las mujeres sigue siendo aún una
práctica generalizada en el hogar y en la comunidad.
La
violencia no sólo viola el derecho de las mujeres a una vida libre de
violencia, sino que además les impide ejercer plenamente sus derechos civiles,
políticos, sociales o económicos.
“Las
obligaciones del Estado respecto a estos derechos están claramente establecidas
en la reforma de la Constitución de Argentina de 1994, en la que se otorgó
categoría constitucional a los tratados internacionales de derechos humanos y
se les asignó la posición más alta en la jerarquía jurídica del país.
Aunque
gran parte de la acción que se necesita
para eliminar la violencia contra las mujeres debe realizarse en el ámbito
provincial, esto no disminuye la responsabilidad del gobierno nacional como
Estado Parte en tratados internacionales y regionales y como responsable de
velar por los derechos de los ciudadanos y ciudadanas, consagrados en la
Constitución.”[2]
La inacción respecto a la
violencia contra las mujeres viola el derecho de las mujeres a vivir una vida
libre de violencia tanto en la esfera pública como en la privada, y también el
derecho a ejercer libremente sus derechos económicos, sociales, civiles y
políticos en plena igualdad con los hombres.
Cinco
años, seguimos luchando.
La
Ley 26485, sancionada en 2009, tiene ya cinco años; Y desde su sanción son
varios los artículos que aún no se han reglamentado, y que urgen que sean aplicados.
Como es el artículo 9a del Capítulo II, el cual establece que el Consejo
Nacional de la Mujer, organismo competente encargado de diseñar y efectuar las
políticas públicas dispuestas en la ley, debe elaborar un “Plan Nacional de Acción
para la Prevención, Asistencia y Erradicación contra la Violencia hacia las
Mujeres”[3].
Hoy
este plan NO EXISTE y brilla por su ausencia. Y resulta necesario que sea
reglamentado porque si cada día y medio es asesinada una mujer es porque en
materia institucional algo está fallando…
Y
está fallando porque no contamos con estadísticas oficiales que digan cuantas
somos las mujeres que morimos por violencia sexista o las que pasamos o estamos
pasando por una situación de violencia. No hay estadística oficial.
Los
números que mencionábamos más arriba provienen de la ONG LA CASA DEL ENCUENTRO,
la cual monitorea casos de violencia de género publicados en los grandes
medios, sin contar aquellos que no se anuncian, esto habla de una deficiencia y
falta de interés por parte de las instituciones a las que les cabe efectuar
políticas públicas para combatir este flagelo.
El
Consejo Nacional de Mujeres, órgano de aplicación de la Ley 26485, está
obligado no sólo a efectuar las
políticas públicas dispuestas en la ley sino también a publicar estadísticas
oficiales de estas muertes evitables.
Cada
25 de noviembre, en conmemoración de este día, dicho órgano tiene la obligación
no sólo de publicar y hacer público cuantas son las mujeres que morimos por
violencia sexista sino también TODO lo que se ha hecho en materia de políticas
públicas. Nada de ello se ha hecho hasta ahora.
Por
lo tanto resulta importante comprender que las mujeres debemos dejar de ser números
que se publican en los diarios.
Si
bien entendemos y estamos de acuerdo que la raíz de la problemática deviene de un anclaje sociosimbólico, de razones de
desigualdad de poder entre los géneros construido socioculturalmente….
No quita que las autoridades a las que les cabe ejecutar acciones para combatir
este flagelo sean menos responsables, y
no puedan llevar a cabo acciones para terminar con la violencia
machista.
Las
políticas de prevención y el cuidado INTEGRAL, PERMANENTE y EFECTIVO desde una
perspectiva de género a las victimas
DEBE ser una de sus obligaciones.
[1]
“MUY TARDE, MUY POCO
MUJERES DESPROTEGIDAS ANTE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN ARGENTINA PRIORIDADES DE
ACCIÓN PARA EL ESTADO ARGENTINO”. Amnistía Internacional Argentina. 2008.
Edición española a cargo de: EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI).
[2] Op. Cit.
[2] Op. Cit.
[3]Ley 26485 Capitulo II , articulo 9ª sobre Organismo Competente.
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