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viernes, 6 de marzo de 2015

¿Sitio web 2015 o Folleto de 1953?

Por Julieta Luceri. Abogada Universidad Nacional de La Plata.

A tan solo dos días de la celebración del Día Internacional de la Mujer, y después de mas de 200 años de lucha feminista, de numerosos objetivos logrados y derechos conquistados, y por supuesto, muchos mas por lograr, nos encontramos con esta nota "Descuidos femeninos que los hombres detestan".
El portal imujer, dedicado a la mujer y sus diversos "intereses" (pareja, actualidad, moda, belleza, salud, familia, hogar, etc), se dedica en esta nota, a mencionar una serie de tips para las mujeres, sobre “cosas” que los hombres, nuestras parejas, detestan. Y así enumera cuatro catástrofes que, atención mujeres, jamás debiéramos permitir que sucedieran, pues nuestros hombres se verían demasiado molestos.
Y así, de un plumazo (o mejor dicho de un “tecladazo”) se borraron dos siglos de conquista de derechos e igualdad de género.
Si bien solo se mencionan cuatro situaciones (afortunadamente), el enfoque patriarcal y machista surge latente del breve texto de la nota, ya que hace hincapié en las necesidades y deseos masculinos que las mujeres debemos consentir y respetar a pesar de que estas necesidades se plasman sobre nuestros propios cuerpos y deseos, y lo que es peor aún, EN CONTRA DE NUESTROS PROPIOS DESEOS.

- ¿QUERES DEPILARTE? 
- ¿TENES GANAS DE TENER SEXO? 
- ¿QUERES ORDENAR LA CASA?

NO IMPORTA. 

Ellos así lo prefieren, y así debe ser. No sea cosa que se molesten.
Ciertamente no es la intención de esta entrada demonizar a los hombres, ni mucho menos. Pero si hacer hincapié en que existe una estructura machista, una cultura patriarcal sostenida y aceptada en el tiempo, que nos ha impuesto que estos conceptos son correctos. Que las mujeres debemos ser de cierta manera y cumplir una serie de exigencias, en pos del beneficio masculino.
Esta nota me generó, en lo personal, dos reacciones:
La primera es que estos consejos -y puntualmente el nro. 3 (“... ¡Cuidado! Puede que se enojen. Prefieren el orden y la armonía en el hogar, especialmente cuando llegan cansados, luego de una larga jornada laboral.”)- me recordaron inevitablemente a esta “Guía de la Buena Esposa” (de 1953):
















La segunda es que si bien esta clase de publicaciones me hacen pensar que atrasamos 50 años de lucha feminista, a veces también sirven para sondear donde estamos parados. 

Y creo que si bien queda mucho camino por recorrer y mucho trabajo por hacer en la conquista de derechos e igualdad de condiciones, no son pocos los que ven con desagrado una publicación de este estilo y se permiten hacer un análisis crítico... y con perspectiva de género. Basta con leer los comentarios al pie de la nota, para ver el repudio generalizado de los lectores, no solo mujeres, sino también muchos hombres.

SON MUCHOS. En contra del sexismo, el machismo y el patriarcado. 

domingo, 22 de febrero de 2015

Las 50 sombras del "Amor" patriarcal, machista y falocéntrico

Compartimos esta excelente publicación de una compañera feminista que como lxs que podemos decodificar los mensajes de alerta de esta cultura misógina, hemos puesto el grito en el cielo en cuanto tuvimos nuestro primer contacto con la aberración literaria de "50 sombras de Grey".

A más del libro, el capitalismo que alimenta al patriarcado y viceversa, sigue alienando mentes jovenes y adultas, de mujeres del mundo, con la versión cinematográfica del mayor aliado del machismo: la sumisión de la mujer, al hombre poderoso... para que éste pueda aceptarla, y bajo sus brazos castradores, la tenga para sí y a su disposición, entendiendo que todo este mecanismo es lo que se llama.... "amor pasional, verdadero y de entrega absoluta"...

La mujer es la que debe abnegarse, por supuesto. 

Lean la nota. Saludos a todxs.-



miércoles, 7 de enero de 2015

Y la justicia dijo “Todos libres”: Caso Melina Romero.

Por Jesica Rodriguez. Licenciada en Comunicación Social, Universidad Nacional de La Plata.-

 Una vez más la impunidad de la justicia argentina en casos de violencia sexista que terminan en femicidios es la que da la nota, una vez la justicia argentina con la liberación de todos los detenidos por el femicidio de Melina Romero, invita a pensar en el desamparado, en la soledad en las que deja  a miles de mujeres que sufren violencia de género si los resultados terminan siendo como los de este caso, sin detenidos.
Pareciera que para la Justicia de nuestro país no basta con una menos. Ya no es suficiente que muchas argentinas día a día aparezcan asesinadas.
Una vez más, esos padres y madres, como Ana María, madre de la joven, deberán esperar que la justicia por sus hijas asesinadas llegue, quizás de la mano de la providencia divina…
Melina Romero fue hallada muerta el 23 de septiembre de 2014, en un arroyo cercano al predio de la CEAMSE de José León Suarez, un mes después que su madre realizara la denuncia por la desaparición de la adolescente que había ido a festejar su cumpleaños el 24 de agosto y que nunca más regresó.
Por la muerte de Melina fueron detenidos en principio tres hombres mayores, conocidos mediáticamente como el “Pai” Cesar de 44 años, Joel Fernández, de 18 años, alias "Chavito"; Elías "Narigón" Fernández, de 20; y un menor de edad (16 años) apodado “Toto”.
Todos, dos meses después recuperaron su libertad por falta de mérito y porque la Justicia consideró que no había elementos suficientes para que continuaran detenidos.
A lo largo del proceso, la investigación por el femicidio de la joven se basó en el testimonio de una amiga, conocida por los medios como “Melody”,  testigo de lo que ocurrió esa noche con Melina.
Nunca la Justicia utilizó otros elementos de investigación que trataran de dar cuenta que ocurrió con ella esa noche. Las pericias al lugar, al cuerpo de la joven, la recolección de material en los lugares donde se habría cometido el asesinato, la declaración de los acusados, no fueron suficientes para esclarecer el caso.

Verdad: A melina la mataron
Explicar por qué se produjo su muerte es algo que nos debe la Justicia, pero sucede todo lo contrario.
 Fue esta misma justicia que encarceló a cuatro personas a mediados del año pasado y  que dos meses despues toma la decisión de liberarlas. La misma que hoy no encuentra acusados ni sospechosos , la misma que se basó solo en un testimonio que al principio parecía sosten de la investigación pero que con el paso del tiempo fue perdiendo asidero.  La misma justicia que no recabó en otros elementos, en otros testigos que pudieran aclarara el femicidio de Melina porque no los hay, porque no quieren o porque no los tienen.
La investigación parece dejar un mensaje desesperanzador: nadie mató a Melina Romero. Lo cierto es que a ella la drogaron, violaron y golpearon hasta alcanzar su muerte por negarse a participar de una “fiesta sexual” con los acusados.

… Mientras intentaba darle un cierre a este articulo, la voz del periodista en la tele me advertía de la aparición de otra mujer muerta. Se trata de la adolescente  Lola Chomnalez, quien se había ido de vacaciones con su familia a las playas de Valizas, costa de Uruguay y que se encontraba desaparecida desde hacía dos días; pero que finalmente es hallada muerta en un pozo de arena en inmediaciones de la costa uruguaya.
 …Al principio los sospechosos de su muerte son su madrina y la pareja de esta última, que pocas horas después recuperarán su libertad por falta de pruebas. Más tarde la justicia busca a otro sospechoso, un hombre, de entre unos 45 y 50 años sospechado de la muerte de la joven, según testimonios de vecinos de la zona que lo vieron con Lola.
Mientras tanto, el Municipio de Rocha, partido de la cuidad donde fue hallada muerta la joven, muestra preocupación por la pérdida turística que podría acarrearle al lugar la difusión de la muerte de la joven. Convencidos de que es un caso de “violencia de familias argentinas” parecen mostrar indiferencia ante semejante hecho.

 La violencia contra las mujeres no tiene distinción de color, posición social o país. Forma parte de esta sociedad patriarcal y machista del sistema capitalista en el que convivimos, por lo tanto es mundial. En Uruguay también mueren mujeres.


2015 comenzó una vez más con un nuevo número en los diarios, ¿cuándo le pondremos fin a la violencia contra nuestras madres, tías, abuelas, hermanas, primas, amigas, novias, esposas, amantes por ser lo que son y por querer ser como quieren?: mujeres y libres.

Artículos relacionados:

lunes, 15 de diciembre de 2014

19 de Noviembre Día Internacional del Hombre, ¿qué hombres?

Por Jesica Rodriguez. Licenciada en Comunicación Social, Universidad Nacional de La Plata.-

“Los hombres no lloran, si lloras no eres hombre. Los hombres no deben ser débiles, si expresas lo que sientes eres débil, si sientes no eres hombre. Los hombres son más hombres cuando son padres de hijos varones. Los hombres no son mujeres, si haces cosas de mujer ya no eres hombre. Los hombres tienen el poder, si no tienes poder no eres hombre. Los hombres son fuertes y agresivos, si te muestras pacífico no eres hombre. Estas frases representan algunos de los mandatos con los que los hombres, desde niños, construyen su masculinidad día a día. (…)”. (Héctor Pizarro, Porque soy hombre, una visión a la nueva masculinidad. EDITORIAL UJED.2006.)


    … Cuando me enteré que había una fecha que homenajeaba a los hombres me pregunté ¿a que hombres?, y esa pregunta me surgió inmediatamente porque ese día, la revista People anunciaba, en “homenaje” al Dia Internacional del hombre, al más sexy del mundo. ¿Quién era el hombre más sexy del mundo?, el actor Chris Hemsworth, mejor conocido por interpretar en una película el personaje de Thor.
Entonces dije ¿esto es homenajear el Día del Hombre? ¿Qué quiere decirme People con esto? ¿Que los hombres deben ser como Thor? , ¿Fuertes, arrogantes, provocadores, agresivos; sumado esto, rubios de ojos azules? Comencé a enfadarme.
Para mí, que nunca escuché sobre este día me pareció un invento faltando una semana para el Día Internacional de la Lucha contra la Violencia hacia la Mujer (25 de Noviembre), una provocación de algunos o algunas (porqué no) intentando reforzar, enaltecer la figura del hombre macho.
Pero no, inmediatamente comencé a investigar, y sí, mis sospechas lo confirmaban; había, existía un Día del Hombre, cuyo objetivos, según la Organización de Naciones Unidas (ONU) son,  “promover la igualdad de género, resaltar el rol positivo de los varones, celebrar la masculinidad y las contribuciones de varones jóvenes y adultos a su comunidad y sociedad”. 
Además de “promover modelos masculinos positivos, no sólo las estrellas de cine y deportes de los hombres, sino los de todos los días, los hombres trabajadores de clase media que viven vidas decentes.
 Celebrar las contribuciones positivas de los hombres a la sociedad, comunidad, familia, matrimonio, cuidado de niños, y para el medio ambiente. Centrarse en la salud y el bienestar de los hombres, social, emocional, físico y espiritual.
 Poner de relieve la discriminación contra los hombres, en las áreas de servicios sociales, las actitudes y expectativas sociales, y la ley.  Mejorar las relaciones de género y promover la igualdad de género”. (En  Wikipedia http://es.wikipedia.org/wiki/D%C3%ADa_Internacional_del_Hombre)

La idea de instaurar el DIH fue apoyada por Naciones Unidas y creada el 19 de noviembre de 1999. Recuerdo decir a mis hermanos: “Y si hay un Día de la mujer, porqué no del hombre”, tenían razón.
Pero, ¿era necesario compararlos con el Dios del trueno para homenajearlos? Si era necesario, claramente lo era. Hay que seguir reforzando la figura del hombre-macho poderoso.
Porqué los medios de comunicación , formadores y hacedores de la opinión pública, en lugar de continuar legitimando esta figura del hombre “Thor”, no ponen en cuestión el modelo de masculinidad en el que fueron criados los hombres.
O porqué no se preguntan ¿cómo los hombres construyen su masculinidad?, y sí la construyen, cómo lo hacen; es ¿siguiendo los mandatos del patriarcado o rebelándose ante ellos?
Se conoce que son muchos los grupos de hombres, colectivos, que están comenzando a rebelarse contra los viejos mandamientos del sistema que les impone ser un hombre Thor; y en el que se  preguntan por qué solo por el hecho de ser hombres,  se les censura exteriorizar sentimientos o emociones que se consideran propios de las mujeres; o deban cumplir con ciertas expectativas como ser valientes, exitosos, agresivos, poderosos, y heterosexuales.
Ejemplos de ello son el Colectivo de Varones Antipatriarcales de la Ciudad de Buenos Aires, donde un grupo de jóvenes pone en cuestión el modelo de masculinidad en el que fueron y son formados como varones y que los constituye como sujetos sociales; o los grupos de hombres en España que pelean por ganarse un lugar en la crianza de sus hijos, y que no quede sólo relegado a las madres, las cuales históricamente han sido elegidas para llevar adelante ese papel.
Respecto a eso, Héctor Pizarro, psicólogo mexicano y que escribe desde una perspectiva de género afirma en su libro “Porque soy hombre” (Héctor Pizarro, Porque soy hombre, una visión a la nueva masculinidad. EDITORIAL UJED.2006) que “nos ha tocado por educación, cultura o costumbre el rol de ser los fuertes, los proveedores, los insensibles, y durante mucho tiempo ha sido así”, afirma. 
Y agrega: “Los roles enérgicos de género, los estereotipos y las normas sociales nos han encajado en un armazón de dureza, de insensibilidad, sin que nadie se haya preocupado por saber si es lo adecuado o si al hombre se le ha preguntado si es feliz con su rol”, sostiene el autor. La revista People y la sociedad en su conjunto deberían repensar eso. 


Las cuestiones de género no son sólo un asunto de mujeres…

Ya he advertido que este medio no tiene como objetivo ser único vocero de un sexo u otro, no. Por lo menos para mí. Y he dicho también que los hombres de la misma manera que las mujeres son víctimas de este sistema capitalista, patriarcal y machista. 
Además, y resulta justo destacar,  el origen de los estudios sobre hombres y masculinidades, son resultado de las influencias de las teorías feministas anglosajonas en los años ochenta, donde ya imperaba una preocupación por la desigualdad, la violencia y la coerción dentro de las relaciones de género.
 En este camino aparecieron  reflexiones y estudios acerca de la condición de los hombres que demostraron que los comportamientos, las creencias y las actividades individuales reproducen formas socialmente establecidas de vivir y expresar la masculinidad que a menudo frenan la construcción de otras posibilidades de convivencia más justas y equitativas, y de otras formas de hacer, pensar, sentir y actuar tanto de hombres como de mujeres.
Es preciso reparar en esto, para no caer siempre en esa vieja bipolaridad de mujeres vs hombres, donde lo único que se logra es  acrecentar aun mas las diferencias sin llegar a que logremos ser esa sociedad más equitativa que queremos para terminar con la desigualdad de género.  Por ende, los estudios de género no son solo un asunto de mujeres.


Por ello, homenajearlos sin caer en frivolidades como “el hombre más sexy del mundo”, donde se refuerza la idea del hombre macho, blanco, heterosexual, y poderoso; ni embaucarnos en el viejo mito de “la guerra de los sexos” sería un comienzo. 

Referencias del Texto (Enlaces relacionados con la temática)


lunes, 8 de diciembre de 2014

“Las mariposas tenemos que seguir LUCHANDO” - 25 de noviembre Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer



Por Jesica Rodriguez. Licenciada en Comunicación Social, Universidad Nacional de La Plata.-

        El 25 de noviembre de 1960,  las hermanas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal, tres militantes contra la dictadura del general Rafael Leónidas Trujillo fueron apaleadas y arrojadas a la sima en la República Dominicana.
En su memoria, cada 25 de noviembre se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. O sea: contra la violencia de los trujillos que ejercen la dictadura en cada casa.
En el Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, celebrado en Bogotá, en Julio de 1981, surge la propuesta de hacer del 25 de noviembre, un día de reflexión y denuncia contra las diferentes formas de violencia que sufren las mujeres.
EL “25 de Noviembre” NO DEBE ser una fecha como cualquier otra. El 25 de noviembre es una fecha que NOS DEBE SERVIR  a todas y a todos para seguir luchando y resistiendo contra todos esos trujillos que quieren someternos y con los que debemos convivir día a día.
Debemos hacerlos por ellas, por las hermanas Mirabal. Por ellas hoy se lucha, se vive y se resiste; y resistimos y decimos NO. No más violencia contra las mujeres, no más femicidios por el hecho de ser lo que somos: MUJERES.

Números que alarman
En nuestro país cada 35 horas una mujer es asesinada por violencia sexista, sólo durante 2013 murieron 295 mujeres; mientras que 1500 niñas y niños quedaron huérfanos entre 2008 y 2013.
En  2009 se sancionó en Argentina la Ley n*26485 de protección integral  para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, mientras que en 2012 se incorporó la figura del femicidio en el artículo 80 del Código Procesal Penal como un tipo agravado de homicidio, aunque no está tipificado como delito.
Estas leyes sancionadas en nuestro país si bien hacen vanguardia a nivel regional, la realidad nos muestra lo contrario, y nos invita a pensar que se ha avanzado muy poco en materia de lucha contra la violencia hacia las mujeres.
Según un informe de Amnistía Internacional “el gobierno argentino está fallando a las mujeres que sufren violencia, cuyos derechos están siendo violados tanto por los actos de violencia como por la inacción a la hora de prevenirla, de abordar las desigualdades y de proporcionar a las víctimas ayuda adecuada y acceso a la reparación. Esta inacción tiene lugar pese a la obligación legal del Estado argentino de proteger a las mujeres frente a la violencia y ayudar a las supervivientes, una obligación que se deriva de los numerosos acuerdos internacionales, regionales y nacionales que ha establecido”[1].
Nuestro país, a pesar de haberse pronunciado a favor y de haber ratificado la Convención de la ONU en 1985 sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; y de hacerlo nuevamente en 1996 con la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (conocida también como Convención de Belém do Pará), todos los indicios disponibles, y también la propia investigación llevada a cabo por Amnistía Internacional, señalan que la violencia contra las mujeres sigue siendo aún una práctica generalizada en el hogar y en la comunidad.

La violencia no sólo viola el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, sino que además les impide ejercer plenamente sus derechos civiles, políticos, sociales o económicos.

 “Las obligaciones del Estado respecto a estos derechos están claramente establecidas en la reforma de la Constitución de Argentina de 1994, en la que se otorgó categoría constitucional a los tratados internacionales de derechos humanos y se les asignó la posición más alta en la jerarquía jurídica del país.
Aunque gran parte  de la acción que se necesita para eliminar la violencia contra las mujeres debe realizarse en el ámbito provincial, esto no disminuye la responsabilidad del gobierno nacional como Estado Parte en tratados internacionales y regionales y como responsable de velar por los derechos de los ciudadanos y ciudadanas, consagrados en la Constitución.”[2]

La inacción respecto a la violencia contra las mujeres viola el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia tanto en la esfera pública como en la privada, y también el derecho a ejercer libremente sus derechos económicos, sociales, civiles y políticos en plena igualdad con los hombres.

Cinco años, seguimos luchando.

La Ley 26485, sancionada en 2009, tiene ya cinco años; Y desde su sanción son varios los artículos que aún no se han reglamentado, y que urgen que sean aplicados. Como es el artículo 9a del Capítulo II, el cual establece que el Consejo Nacional de la Mujer, organismo competente encargado de diseñar y efectuar las políticas públicas dispuestas en la ley, debe elaborar un “Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación contra la Violencia hacia las Mujeres”[3].
Hoy este plan NO EXISTE y brilla por su ausencia. Y resulta necesario que sea reglamentado porque si cada día y medio es asesinada una mujer es porque en materia institucional algo está fallando…
Y está fallando porque no contamos con estadísticas oficiales que digan cuantas somos las mujeres que morimos por violencia sexista o las que pasamos o estamos pasando por una situación de violencia. No hay estadística oficial.
Los números que mencionábamos más arriba provienen de la ONG LA CASA DEL ENCUENTRO, la cual monitorea casos de violencia de género publicados en los grandes medios, sin contar aquellos que no se anuncian, esto habla de una deficiencia y falta de interés por parte de las instituciones a las que les cabe efectuar políticas públicas para combatir este flagelo.
El Consejo Nacional de Mujeres, órgano de aplicación de la Ley 26485, está obligado no sólo a efectuar  las políticas públicas dispuestas en la ley sino también a publicar estadísticas oficiales de estas muertes evitables.
Cada 25 de noviembre, en conmemoración de este día, dicho órgano tiene la obligación no sólo de publicar y hacer público cuantas son las mujeres que morimos por violencia sexista sino también TODO lo que se ha hecho en materia de políticas públicas. Nada de ello se ha hecho hasta ahora.
Por lo tanto resulta importante comprender que las mujeres debemos dejar de ser números que se publican en los diarios.
Si bien entendemos y estamos de acuerdo que la raíz de la problemática deviene de un anclaje sociosimbólico, de razones de desigualdad de poder entre los géneros construido socioculturalmente…. No quita que las autoridades a las que les cabe ejecutar acciones para combatir este flagelo sean menos responsables, y  no puedan llevar a cabo acciones para terminar con la violencia machista.
Las políticas de prevención y el cuidado INTEGRAL, PERMANENTE y EFECTIVO desde una perspectiva de género  a las victimas DEBE ser una de sus obligaciones. 







[1] “MUY TARDE, MUY POCO MUJERES DESPROTEGIDAS ANTE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN ARGENTINA PRIORIDADES DE ACCIÓN PARA EL ESTADO ARGENTINO”. Amnistía Internacional Argentina. 2008. Edición española a cargo de: EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI).
[2] Op. Cit.
[3]Ley 26485 Capitulo II , articulo 9ª sobre Organismo Competente.

domingo, 7 de diciembre de 2014

Violencia de Género Virtual: La misma violencia. Distinto medio. Un daño irrefrenable.

Por Dra. Marina Benítez Demtschenko. Abogada. Universidad Nacional de La Plata.-

    Hasta dónde puede llegar el menoscabo de la integridad de las mujeres, cuando un comportamiento absolutamente humillante se convierte en cierta clase de juego ante los ojos de la sociedad y el Estado no lo reprime? Una nueva manifestación de la violencia de género se viene gestando y requiere tratamiento urgente y penalización: el acoso virtual.
    Esto es lo que ocurre en Argentina.

  Es mundial y un fenómeno inusitado, el surgimiento de innumerables casos de exposición en las distintas redes sociales de archivos de contenido sensible (privado o íntimo) de mujeres (usuarias o no usuarias) sin el consentimiento de las mismas, y con un efecto dañoso inconmensurable que afecta su imagen, sus vínculos, su trabajo, su cuadro psíquico entero y por supuesto, su seguridad personal en relación a terceros que acceden a través del contacto ofrecido por el agresor o por sí mismos, a este mecanismo perverso y degradante.
  
  La realidad es que en nuestro país toda la problemática derivada del uso de las redes sociales y demás medios de interacción virtual no presenta regulación legal más que aisladamente y a la par de la demanda incesante de respuestas exigida por los casos que llegan a la Justicia.
    
    Tal es así que en ocasión de haber tenido una reunión con el Subscomisario Miguel Angel Justo, integrante de la División de Delitos Tecnológicos de la Policía Federal Argentina en Julio de 2013, en un interesante intercambio acerca de la problemática actual de la difusión online de información no autorizada por el propietario, ahondamos en la conducta delictiva en la esfera de lo particular y más puntualmente en la práctica de divulgación de material íntimo de mujeres por parte de hombres que se presentan técnicamente desde la visión de violencia de género como auténticos agresores de aquellas. “La Argentina tiene exactamente 30 años de atraso en materia de delitos relacionados con la informática”, me dijo textualmente y fue una frase que caló hondo en la expectativa que fui a cubrir.
  
  Y de la misma manera, marcó alarmantemente la importancia de una regulación urgente de tipo penal para todos los casos en que el derecho a la intimidad, a la imagen, al bienestar y a una vida sin violencia –entre tantos otros- fueran ultrajados, corrompidos, acechados.
     El fundamento de los bienes jurídicamente tutelados tras la penalización de las conductas que ejercen violencia ONLINE, tien raigambre constitucional, como cualquier otro tipo de violencia, porque refieren a la lesión de derechos constitucionales:
      La pregunta es: Tienen menos entidad delictiva y/o menos impacto dañoso que otras formas de ultrajo de derechos? La respuesta es inmediata: NO.
    
    Necesariamente en la búsqueda de marcos normativos y previsiones legales en el mundo del acoso virtual –hacia las mujeres-, la mirada se centra en las legislaciones más avanzadas en materia de delitos tecnológicos, las que coinciden con las legislaciones más avanzadas en materia de violencia de género y así deviene directo el reconocimiento del uso de medios virtuales para menoscabar derechos, de la misma manera que se concretan los hechos delictivos “en persona”.
    
    Partiremos de la vanguardia presentada por España en esta materia – que presenta un régimen de leyes de igual naturaleza que el nuestro en Argentina ya que tienen su origen en el derecho romano-. En este país, es delito -desde los aspectos más básicos de la protección contra la violencia de género-, la violencia psicológica y emocional hacia la mujer, en la tipificación de la figura del “acecho u hostigamiento”. Este es un efectivo punto de partida para el estudio de la admisión del acoso virtual dentro de la respuesta punitiva del Estado, atento que se prevé la penalización de toda conducta activa por parte del agresor en que no interviene necesariamente el contacto ni la fuerza física (no hay agresión física). Así es posible instar una acción penal cuando la mujer es víctima de comportamientos hostiles que repercuten en su ámbito psicológico menoscabando su libertad, seguridad y bienestar en un amplio espectro de posibilidades: persecución, amenazas, difamación, humillación.-
          
      En nuestro país, únicamente nos asiste la penalización de las conductas de impacto psicológico en las figuras de “Injurias” (art. 110 -Título II "Delitos Contra el Honor") y las "Amenazas" ( art. 149 bis) del Código Penal Argentino y datan de la sanción del cuerpo normativo de fondo en el 1922, por lo que en nada tienen influencia de la perspectiva de género ni del desarrollo teórico de esta problemática, ni mucho menos de sus alcances. Deviene insuficiente por ende esta previsión, máxime observando la pena por su comisión (Ver Código Penal Argentino). La violencia psicológica está prevista en la nueva Ley 25485 contra la Violencia de Género, pero no reforma el Código Penal con incorporación alguna de tipos delictivos que tornen operativa esta previsión.-
         Acá nos encontramos con el primer gran obstáculo para la acogida del delito de “acoso virtual”: Si el Código Penal Argentino no condena la violencia psicológica cualquiera sea o mejor dicho cada una en sus múltiples formas –con perspectiva de género-, no hay entonces inmediatez legal para lograr la respuesta punitiva por parte del Estado frente a la violencia psicológica específicamente perpetrada a través del uso de las redes sociales.
              
       La mecánica del acoso virtual y sus alcances ha sido objeto de estudio desde hace alrededor de 10 años a nivel mundial, y partiendo del concepto (en psicoanálisis) de “la explotación de otro (de un tercero) en goce propio (del agresor)” –coincidente con el perfil perverso que presenta quien ejerce violencia de género-, se han reconocido a lo largo de los estudios de la problemática género-informática, variantes múltiples de acción violenta, entre las que –en la actualidad-, podemos encontrar: la Sextorsión, el Sexting, el Grooming ( También “ciberhostigamiento” u "ciberacoso"), etc.
         Son figuras en desarrollo y evolución constante pero que encuentran cada vez mayor acogida en las legislaciones del mundo y su penalización ofrece para las víctimas, una protección innegable así como la justicia necesaria ante un comportamiento altamente disfuncional en lo particular y para los intereses colectivos en general.
     
     En materia de delitos tecnológicos que inciden sobre particulares, hay una característica fundamental a destacar y es que el autor de estas conductas ilícitas es “anónimo” en principio y se escuda bajo el manto de la incertidumbre respecto de su verdadero perfil.- De esta manera profiere todo acto violento que elige contra su víctima, con el beneficio de la impunidad que le brindan el mundo online.
         
       Por la necesidad de respuestas inmediatas a las nuevas exigencias de la seguridad de las personas en las distintas comunidades internacionales, se prevén estos tipos como “conductas delictivas”, y no en vano esta capacidad de respuesta por parte de los distintos Estados debe tomarse como un ejemplo a la par de como los antecedentes suficientes para la incorporación de las figuras en nuestra propia legislación.
            
       Es importante reconocer que la manera más efectiva para punir las nuevas formas de violencia hacia las mujeres que se desarrolla online, no necesariamente supone tener entrada por tipos penales amplios que pudieran llegar a activar los principios más garantistas del derecho penal argentino como el “in dubio pro reo” o el de la prohibición de la analogía, sino más bien procurar la incorporación de los tipos penales autosuficientes, individualmente definidos y por supuesto, con perspectiva de género.
             
        Aún así bien podrían punirse las conductas hostiles hacia la mujer sin contacto físico, en la tipificación de una figura penal que permitiera reconocer este flagelo y proporcionarle el debido alcance de la Justicia. Esto en referencia exclusiva a la hipótesis de trabajar sobre la tipificación del “acoso virtual”, ceñido específicamente en cuanto al hostigamiento virtual a la mujer, en cualquiera de sus formas.

     De la inteligencia desarrollada supra, es que mediante leyes modificatorias del Código Penal, el Estado debe procurar responder a través del reconocimiento de estas conductas y su identificación con las figuras delictivas bien delimitadas que han desarrollado. No es óbice un estudio pormenorizado ya que acudiendo a los modelos desarrollados en legislaciones comparadas, los elementos de imputación necesarios presentan patrones idénticos en cada país y a lo largo y ancho del globo.-



Fuentes y Lecturas recomendadas en este tenor: